La reforma previsional de la provincia de Santa Fe sigue generando consultas constantes entre docentes, especialmente en aquellos casos donde el trabajador ya no se encuentra frente al grado y actualmente cumple funciones consideradas como “tarea pasiva” o “tarea diferente”.
Uno de los puntos centrales aparece en el artículo 27, segundo párrafo, de la Ley Provincial donde se establece que el personal docente que ya no ejerce tareas frente al aula podrá acceder a la jubilación a los 60 años de edad —tanto hombres como mujeres— con 30 años de servicio, alcanzando un 76% del haber jubilatorio.
Además, quienes logren acreditar 33 años de servicios podrán llegar al 82%.
Sin embargo, detrás de esa regla general existe una situación muy importante que muchas personas desconocen: la posibilidad de aplicar “cómputo diferenciado” por los años efectivamente trabajados frente al grado.
¿Qué significa esto?
Que una persona que hoy ocupa una tarea pasiva o diferente podría reducir su edad jubilatoria si anteriormente trabajó como maestra de grado, frente al aula.
Desde el Estudio Jurídico Marisol Escandell explican que el punto clave está en analizar concretamente qué cargo ocupó cada docente a lo largo de su carrera y durante qué períodos ejerció efectivamente tareas frente al aula.
“No alcanza solamente con haber pertenecido al sistema educativo. El cómputo se aplica únicamente sobre períodos efectivamente frente al grado o frente a alumnos, y cada situación debe estudiarse de manera individual”, señalan.
La diferencia puede ser muy significativa. Sin cómputo, una persona con tarea diferente deberá jubilarse a los 60 años. Con cómputo reconocido, podría reducir esa edad y acceder antes al beneficio jubilatorio.
Por eso, especialistas recomiendan revisar con tiempo la historia laboral completa, los cargos desempeñados y la documentación respaldatoria, ya que muchas veces existen períodos que pueden modificar sustancialmente la situación previsional.
El tema genera especial interés entre docentes que atravesaron cambios de funciones por razones de salud, reorganizaciones laborales o trayectorias mixtas dentro del sistema educativo provincial.
Desde el estudio remarcan que no existen soluciones automáticas ni respuestas iguales para todos los casos: “Cada carrera docente es distinta y necesita un análisis técnico específico para determinar qué régimen corresponde y cuál es la mejor estrategia jubilatoria”.
Para consultas y asesoramiento, el Estudio Jurídico Marisol Escandell atiende en Hipólito Yrigoyen 394 de la ciudad de Rafaela.
También se pueden solicitar turnos online desde cualquier punto de la provincia a través de marisolescandell.com.ar o por WhatsApp al 3492 270321.








