El pasado sábado 2 de octubre entró en vigencia el nuevo decreto provincial con «nuevas medidas de convivencia» frente a la pandemia de coronavirus. Entre otros puntos, la ministra de Salud, Sonia Martorano, y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri, anunciaron la extensión de horarios para actividades gastronómicas y comerciales, la ampliación del aforo de 50% a 70% para todos los rubros y la autorización de nuevos eventos.
A continuación, las medidas en detalle:
BARBIJOS Y AFORO
A partir del sábado, queda permitido la utilización máxima del aforo disponible en las actividades económicas, siempre que esto permita el cumplimiento del distanciamiento social y no exceda el 70% de ocupación de la superficie disponible.
En cuanto al barbijo, este continúa siendo obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente.
CIRCULACIÓN VEHICULAR
De acuerdo a la información publicada por el Gobierno provincial, queda prohibida la circulación vehicular en la vía pública de 1 a 6 los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes; y de 3 a 6 sábados, domingos y feriados. Quedan exceptuados de esta medida quienes circulen para realizar actividades consideradas «esenciales» o de emergencia, o quienes hayan desarrollado actividades permitidas y puedan comprobarlo (con tickets de reserva, factura, acreditaciones, etc.).
COMPETENCIAS DEPORTIVAS PROVINCIALES
Se encuentran permitidas las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur que se desarrollen tanto en espacios cerrados como al aire libre; con una concurrencia máxima de hasta 1000 espectadores. También quedó autorizada la asistencia de público visitante.
ACTIVIDAD COMERCIAL MAYORISTA Y MINORISTA
Tanto la actividad comercial minorista como la mayorista con atención al público se desarrollarán hasta las 21, sin exceder del factor máximo de ocupación. La excepción son quioscos y similares, que pueden funcionar hasta las 24.
GASTRONÓMICOS Y DISCOTECAS
De acuerdo a la normativa provincial, los locales gastronómicos con concurrencia de comensales pueden permanecer abiertos desde las 6 hasta las 2 durante el fin de semana (sábados, domingos y vísperas de feriado) y entre las 6 y la 1 los restantes días de la semana.
Por su parte, las discotecas y locales bailables quedaron autorizadas para funcionar sólo los viernes, sábados y vísperas de feriado entre las 20 y las 3. Deberán contar con la habilitación de las autoridades locales – responsables además de determinar las capacidades máximas permitidas y los aforos – y sólo podrán asistir quienes cuenten con al menos una dosis de vacuna, aplicada con una antelación mínima de 14 días corridos.