En una audiencia desarrollada en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, la Justicia dispuso una medida de restricción de la libertad ambulatoria para R. A. M., la mujer de 22 años investigada por la muerte de su hijo menor de edad en San Justo. La imputada presenció la audiencia de manera remota.
La resolución, prevista en el artículo 107 del Código Procesal Penal de la provincia, fue solicitada por las fiscales María Laura Urquiza y Daniela Montegrosso ante el juez José Luis García Troiano. Antes de dar inicio al acto procesal, el magistrado escuchó la declaración del padre de la víctima.
El juez ordenó mantener la medida hasta tanto se realice una Junta de Salud Mental. Dicho análisis médico determinará si la imputada está en condiciones de comprender los actos procesales y si al momento del hecho tenía la capacidad de entender la criminalidad de su conducta.
Discusión sobre el alojamiento y la causa de muerte
Durante la audiencia, la abogada defensora no cuestionó la medida cautelar, pero solicitó que el alojamiento se llevara a cabo en un hospital psiquiátrico en lugar del ámbito penitenciario. Las fiscales del MPA se opusieron al pedido y el juez resolvió rechazar la solicitud de la defensa, argumentando que la legislación nacional establece que los tratamientos de salud mental son ambulatorios, esquema no aplicable a este proceso.
Atribuyen a la mujer la autoría del delito de homicidio agravado por el vínculo. Según la investigación fiscal, el ilícito ocurrió entre la madrugada y la mañana del miércoles de la semana pasada, en un domicilio ubicado en calle Cortada 27 sin número, en el barrio Rey de la ciudad de San Justo.
El informe elaborado por el médico forense a partir de la autopsia determinó que la víctima falleció producto de una asfixia por estrangulación manual, provocada por la compresión intrínseca del cuello y la consecuente oclusión de las vías aéreas superiores.
Fuente: Rafaela Noticias







