En la mañana de este lunes la zona de Tribunales volvió a quedar «blindada», con un gran operativo cerrojo que se cumplió desde las 9 de la mañana y hasta pasado el mediodía, en el marco de una audiencia que comenzó cerca de las 10.30 y se prolongó por más de dos horas. En la sala de audiencias del segundo piso del edificio de Tribunales se debatió -en el marco de la investigación de una serie de delitos que se le atribuyen a una supuesta asociación ilícita dirigida por Evelio Horacio Ramallo, alias Yiyo- un pedido del fiscal Nicolás Stegmayer para que se considere un «anticipo jurisdiccional de prueba», con el fin de adelantar la declaración de una testigo clave del caso. Esta mujer cuenta con protección policial permanente, se la menciona como una persona que en su momento fue presionada para brindar alojamiento a algunos de los sicarios contratados para asesinar a Rudy González; Marcelo Sánchez y Miguel «Mosquito» Mendoza, además de otras tentativas de asesinatos; y la intención de la Fiscalía es lograr que -ante los graves peligros que afronta y su situación de vulnerabilidad- se asegure su declaración incluso antes de que comiencen los debates en el juicio oral y público en el que se juzgarán los hechos atribuidos a la banda.
En la audiencia estuvieron presentes todos los imputados que se hallan detenidos con prisión preventiva. Algunas de las mujeres estuvieron presencialmente en la sala (de allí el operativo de seguridad) y el resto siguió las alternativas de la audiencia por zoom. En la sala también estuvieron los abogados del sistema público de defensa penal Carlos Flores, Mónica Ronchi y Georgina Allasia; y el defensor particular José Maggi, que representa a Ramallo y a varios de sus allegados.
Qué es el anticipo jurisdiccional de prueba
Técnicamente, lo que el fiscal Stegmayer pidió se encuadra en el art. 298 del Código penal, que establece que «en cualquier instancia previa al juicio, las partes podrán solicitar, fundadamente, el anticipo jurisdiccional de prueba en forma excepcional y cuando por razones debidamente acreditadas se considere que no pudiera recibirse durante el juicio».
«La diligencia será documentada según las previsiones establecidas en este Código para los actos irreproducibles y exhibidos los registros en la audiencia de debate de juicio oral a instancias de las partes. En ningún caso podrán ser utilizados en la audiencia de debate de juicio oral los registros de esta actividad si estuviere disponible y fuera posible la concurrencia del testigo, perito o intérprete a la audiencia de debate», dice la legislación vigente.
Más allá de las cuestiones técnicas, el debate entre Stegmayer y los defensores se focalizó en si la testigo en peligro es confiable -los defensores, que previamente habían intentado conseguir que todos los imputados estuvieran en la sala presencialmente, lo que no fue posible por insuficiencias logísticas del Servicio Penitenciario-, dado que en diversas declaraciones habría incurrido en varias contradicciones.
Cuando comenzó a resultar evidente que la jueza Cristina Fortunato iba a aceptar la postura de la fiscalía, se comenzaron a producir algunos momentos de tensión. La madre y la hermana de Ramallo cuestionaron a viva voz las prisiones preventivas que se le dictaron; la hermana también reclamó por su seguridad en prisión -«la estoy pasando mal», sintetizó- y el grupo familiar en pleno cuestionó a la jueza Fortunato, que en un momento se vio obligada a pedir orden: «ustedes tienen abogados defensores y las decisiones que yo tomé fueron apeladas y serán analizadas por instancias superiores. No me falten el respeto», disparó la magistrada, que ante la exaltación de Ramallo (está alojado en el penal de Piñeiro y se observa claramente que pierde el control de sí mismo cuando sus familiares directos aparecen involucrados en medidas procesales que se adoptan) ordenó silenciar la comunicación