El Gobierno Nacional, a través del Decreto 242/2026, reglamentó la implementación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una iniciativa diseñada para incentivar las inversiones productivas de mediana escala en sectores clave de la economía, como la producción nacional, la eficiencia energética y el sector agropecuario. El objetivo del régimen es fortalecer las cadenas de valor, aumentar las exportaciones y promover un crecimiento económico sostenible en Argentina, además de generar nuevos puestos de trabajo.
Este régimen otorgará beneficios fiscales a empresas y entidades sin fines de lucro que realicen inversiones en bienes de capital, tecnología, infraestructura y energía renovable. Las empresas que deseen acceder al programa deben estar registradas como micro, pequeñas o medianas empresas o como entidades sin fines de lucro debidamente inscriptas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Entre los bienes que se consideran elegibles para las inversiones bajo este régimen se incluyen: bienes muebles amortizables nuevos destinados a la producción nacional, como sistemas de riego agrícola, mallas antigranizo para la protección de cultivos y animales de alta genética destinados a la reproducción. También se incluirán aquellos bienes que contribuyan a la eficiencia energética, como las inversiones en la generación y almacenamiento de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, y aquellos destinados a la reducción de consumo energético en las unidades productivas.
En cuanto a las obras de infraestructura, solo se considerarán aquellas que, al momento de la entrada en vigencia de la ley, tengan un grado de avance inferior al 30% del monto total de inversión. Además, el régimen establece que para que una inversión sea considerada, debe poder ser amortizada para el Impuesto a las Ganancias, y puede verificarse la puesta en marcha de las inversiones hasta dos años después de la adquisición.
Las exclusiones del régimen son claras: quedan fuera las inversiones dirigidas a bienes financieros, instrumentos de portfolio y activos que no tengan relación con la producción de bienes o servicios.
El régimen también establece un monto mínimo de inversión que se computará sumando todas las inversiones elegibles realizadas dentro del plazo reglamentario. Este monto mínimo se calculará en dólares estadounidenses, tomando como referencia el tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior a la fecha de emisión de la factura.
Los beneficios fiscales del RIMI solo se aplicarán cuando la inversión productiva esté en funcionamiento y se haya cumplido con el monto mínimo dentro del plazo establecido. Además, el régimen contempla un cupo anual para la devolución de IVA, con un tope del 50% del cupo disponible, y la distribución se realizará conforme a la antigüedad y la magnitud de los saldos acumulados.
Este decreto, que complementa las políticas de fomento a la inversión, tiene como fin contribuir al desarrollo económico de Argentina mediante el impulso de proyectos productivos sostenibles, la creación de empleos y el fortalecimiento del sector empresarial de mediana escala.






