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El Gobierno promulgó la nueva ley de Régimen Penal Juvenil y baja la edad de imputabilidad a 14 años

La iniciativa había sido uno de los principales proyectos impulsados por el presidente Javier Milei durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso.

09/03/2026
El Gobierno promulgó la nueva ley de Régimen Penal Juvenil y baja la edad de imputabilidad a 14 años
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El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.801, que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La norma fue oficializada mediante el decreto 138/2026, publicado en el Boletín Oficial, luego de haber sido aprobada días atrás por el Senado.

La iniciativa había sido sancionada por la Cámara alta con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se convirtió en uno de los principales proyectos impulsados por el oficialismo durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso.
Entre los cambios más relevantes que introduce la legislación se encuentra la disminución de la edad de imputabilidad, así como la creación de un sistema de penas diferenciado según la edad del adolescente y las características del delito cometido.

El nuevo marco legal establece que las sanciones aplicadas a adolescentes deberán orientarse a la educación y la resocialización, con el objetivo de favorecer su integración social, el acceso al trabajo y la comprensión de las consecuencias del delito cometido.

En ese sentido, la norma dispone que la privación de la libertad deberá aplicarse únicamente como último recurso y por el tiempo más breve posible. Además, prohíbe expresamente la imposición de penas perpetuas o indefinidas, así como la generación de antecedentes penales permanentes.

La legislación también fija criterios para la adopción de medidas restrictivas durante el proceso judicial. En esos casos, la restricción de la libertad deberá estar debidamente fundamentada y basada en la existencia de riesgos procesales comprobados.

En cuanto a las condiciones de detención, la ley determina que los adolescentes privados de la libertad deberán ser alojados en espacios especialmente acondicionados y bajo la supervisión de personal capacitado para el trato con menores. Asimismo, se prohíbe su alojamiento junto a personas adultas.

La normativa también establece que los procesos judiciales deberán tramitarse con celeridad, especialmente en los casos en los que el adolescente se encuentre detenido con prisión preventiva. La demora injustificada en la tramitación de la causa podrá derivar en sanciones disciplinarias para el magistrado interviniente.

Para los casos en que los involucrados sean menores inimputables, el texto prevé la intervención de la Justicia para investigar los hechos y aplicar medidas protectoras o terapéuticas en el ámbito de la justicia civil. Además, la ley dispone la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.

Derechos de las víctimas

La Ley 27.801 también incorpora de forma expresa el reconocimiento de los derechos de las víctimas de delitos cometidos por adolescentes.

En ese marco, la normativa garantiza que las personas afectadas puedan ser informadas sobre el avance del proceso, participar en las distintas etapas judiciales y acceder a mecanismos de reparación por los daños sufridos.

Asimismo, establece que las víctimas tienen derecho a ser escuchadas, recibir información clara sobre sus garantías procesales y solicitar medidas de protección cuando sea necesario.

En los casos en que se determine la responsabilidad del adolescente por los daños ocasionados, la ley habilita la exigencia de responsabilidad civil a los padres o responsables legales, quienes deberán responder patrimonialmente conforme lo establezca la sentencia judicial.

Finalmente, la legislación contempla la posibilidad de recurrir a instancias de conciliación o mediación, siempre que la víctima otorgue su consentimiento de manera libre e informada y que la naturaleza del delito lo permita, con el objetivo de promover soluciones restaurativas.

Anteriot

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