Tras la falta de consenso en las deliberaciones del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, el Gobierno nacional resolvió fijar de forma unilateral el nuevo piso salarial. La medida fue formalizada este miércoles mediante la Resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial, rubricada por la presidenta alterna del organismo, Claudia Silvana Testa.
El nuevo esquema establece un incremento escalonado que abarca desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. De esta manera, la remuneración mínima para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada legal completa —comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional— pasa de los $376.600 vigentes en agosto a $383.800 en septiembre, con un valor de $1.919 por hora para jornalizados.
El cronograma de aumentos fijado por el Ejecutivo
La actualización contempla incrementos progresivos durante los próximos ocho meses:
Septiembre 2026: El sueldo mensual sube a $383.800 y el valor por hora a $1.919.
Octubre 2026: Alcanzará los $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
Noviembre 2026: Se fijó en $398.800 por mes y $1.994 la hora.
Diciembre 2026: El piso pasa a $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
Enero 2027: Subirá a $414.200 por mes y $2.071 la hora.
Febrero 2027: Llegará a $422.000 mensuales y $2.110 la hora.
Marzo 2027: El haber mínimo será de $429.600 y la hora de $2.148.
Abril 2027: Completará el esquema en $437.000 mensuales y $2.185 por hora.
La intervención del Poder Ejecutivo se produjo tras el fracaso de la reunión plenaria realizada el pasado viernes 28 de agosto. Durante el encuentro virtual, las centrales sindicales (CGT y ambas CTA) presentaron una propuesta unificada para elevar el piso salarial a $911.000 en julio y $993.000 en diciembre, tomando como referencia el costo de la canasta básica familiar.
Por su parte, el sector empleador —encabezado por la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio y otras entidades empresarias— ofreció una pauta de subas del 1,8% para septiembre y del 1,7% mensual hasta abril, alcanzando un techo de $468.000 en 2027. Ante la distancia entre las pretensiones y el retiro anticipado de las representaciones gremiales, la comisión no logró dictamen y la definición quedó bajo la facultad del Estado.
Modificaciones en la prestación por desempleo
La resolución fijó además nuevos criterios para la prestación por desempleo (prevista en la Ley 24.013). A partir de la nueva normativa, el beneficio mensual ascenderá al 75% del importe neto de la mejor remuneración percibida por el trabajador en los últimos seis meses de la relación laboral. Asimismo, el texto legal dispuso topes normativos: el monto no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente, ni superar el 100% del mismo.
Fuente: Rafaela Noticias





