No sin cierta sorpresa se conoció en la jornada de este jueves que el intendente Luis Castellano resolvió vetar la polémica ordenanza sancionada por el Concejo Municipal, con el voto mayoritario de Juntos por el Cambio, que propone modificar los límites para la aplicación de agroquímicos y pretendía reducir los 200 metros actuales a sólo 50 metros, estableciendo luego un área de 150 metros considerado como «cinturón agroecológico». Castellano se reunió con los concejales este mismo jueves y allí notificó a los ediles los alcances del veto «propositivo», como se lo llama. Con esta decisión del intendente, ahora el Concejo deberá analizar la cuestión: se necesita una mayoría especial de dos tercios de los votos para contrarrestar el veto y ratificar la norma. A Juntos por el Cambio, que ahora tiene 5 concejales sobre un total de 10, no le alcanzan los votos propios ni tampoco alcanza la mayoría especial necesaria sumando al voto de Mársico, ya que el justicialismo tiene 4 votos propios y ninguno de los concejales oficialistas está dispuesto a sumarse a la propuesta del macrismo local.
”Se analizó la jurisprudencia que se ha resuelto en diversos fallos sobre el tema para procurar que la norma tenga posibilidades de éxito y vigencia en el futuro”; remarcó el Fiscal municipal Daniel Fruttero, según se pudo conocer a través de un parte informativo redactado con el estilo del intendente para comunicar sus anuncios más controversiales: una larga introducción previa antes de ir al meollo de la cuestión.
“En este aspecto, desde el Ejecutivo se han propuestos a través de un veto propositivo suspender temporalmente la vigencia de la norma en la que refiere al cinturón ecológico que la misma fija, que es el área adyacente o que se encuentra desde los 50 a los 200 metros del límite urbano y de los establecimientos ubicados en zona rural”; detalló Fruttero, según reseña el mismo informe.
Asimismo, argumentó que “esta propuesta de suspensión de vigencia se basa en que resulta necesario recabar información veraz y certera por parte de los organismos competentes nacionales en la materia para que se aporte cuáles son los productos que se van a poder aplicar de carácter biológico u orgánico, bajo qué condiciones, con qué técnicas y con qué medidas preventivas para proteger en todo momento la salud de la población y el ambiente en general. En este punto, se solicitó un plazo de 180 días para recabar esta información”.
“Otro tema vinculado a las distancias refiere a la supresión de la última área que se diferenciaba de las anteriores en los controles que podía o no realizar. El Estado tiene la obligación de control en esta materia que es inclaudicable y permanente. De tal manera este es un cuestionamiento que necesariamente había que revisar a la norma”, manifestó el Fiscal municipal.
Además, Fruttero amplió: “Otro punto tiene que ver con respetar el ciclo reproductivo de los cultivos que actualmente se encuentran en pie, en proceso. Creemos que en este punto, la Ordenanza no debería perjudicar a los productores del periurbano que hoy tienen cultivos en proceso de crecimiento. Se solicita aquí que la norma no perjudique estos cultivos”.
“Finalmente, existen otras observaciones quizás más conceptuales, algunas referidas a la implementación de cortinas forestales que es una buena medida, pero que es necesario perfeccionar en la redacción o dejar aclarado para la posible implementación”, cerró el letrado.