En el programa Bien Despiertos, emitido por Rafaela Noticias TV, el abogado laboralista Andrés Brarda se refirió a la reforma laboral que se encuentra en tratamiento en el Congreso de la Nación y cuestionó con dureza su contenido. Según sostuvo, lejos de una modernización, la iniciativa representa un retroceso en materia de derechos laborales y podría derivar en múltiples planteos de inconstitucionalidad.
“Lamentablemente esto implica un retroceso”, afirmó Brarda, al señalar que la normativa se presenta como una modernización laboral pero no incorpora regulaciones vinculadas a la inteligencia artificial, la robótica ni a los trabajadores de plataformas digitales. En ese sentido, explicó que se los considera “repartidores independientes”, quedando fuera de la Ley de Contrato de Trabajo y pasando a regirse por el Código Civil.
El abogado advirtió que la reforma impacta sobre instituciones centrales del derecho laboral como la indemnización, el salario, las vacaciones y el derecho de huelga. Además, cuestionó la creación de un fondo de cese laboral, al considerar que “va a facilitar los despidos y que a su vez desfinancia el sistema de la seguridad social”.
Brarda sostuvo que el proyecto afecta derechos garantizados por la Constitución Nacional. “¿Y por qué digo que es inconstitucional? Porque afecta nuestro artículo 14 bis de la Constitución Nacional que establece que el trabajo en sus diversas formas va a gozar de protección de las leyes”, expresó, y agregó que también se vulnera la libertad sindical reconocida a través de los tratados internacionales incorporados en el artículo 75 inciso 22, incluyendo los convenios de la Organización Internacional del Trabajo. En ese marco, anticipó que la reforma podría ser judicializada mediante acciones individuales o colectivas impulsadas por la CGT.
Al referirse a situaciones concretas, como la incertidumbre que atraviesan los trabajadores de la empresa Lácteos Verónica, explicó que la ley aplicable ante un despido es la vigente al momento de la extinción del vínculo laboral. “¿Qué ley se aplica a un despido? La ley vigente al momento que se produce la extinción del vínculo laboral”, aclaró, precisando que es la normativa en vigor al momento del envío del telegrama de despido.
En cuanto a la indemnización, indicó que no se elimina, pero sí se modifica su base de cálculo. “La indemnización no cambia. No es que el trabajador pierda su derecho a indemnización”, dijo, aunque remarcó que la nueva ley restringe el concepto de remuneración, excluyendo adicionales como viáticos, propinas y otros ítems que hasta ahora integraban el cálculo indemnizatorio.
Otro de los puntos críticos señalados fue la implementación del denominado “banco de horas”, que permitiría extender la jornada laboral hasta 12 horas diarias y compensar las horas extras con tiempo de descanso en lugar de su pago. “No solo va a perder en el bolsillo al trabajador, porque no va a cobrar las horas extras, sino que también le modifica su vida social”, advirtió, al remarcar la desigualdad existente en la relación entre empleador y trabajador.
Brarda también se refirió a la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo, uno de los pilares del modelo sindical argentino. Explicó que, de aprobarse la reforma, los convenios perderían vigencia una vez vencidos, obligando a renegociar desde una posición desfavorable para los trabajadores y poniendo en riesgo conquistas obtenidas por encima de la ley general.
Respecto del salario por productividad, señaló que la reforma habilita al empleador a otorgar mejoras de manera unilateral y no remunerativa. “¿Pero con qué criterio vamos a medir esa productividad?”, cuestionó, al advertir sobre la discrecionalidad y el posible uso del mecanismo como forma de disciplinamiento laboral.
El abogado indicó además que varios estatutos quedarían fuera de vigencia, entre ellos los de viajantes de comercio, peluqueros y periodistas, y alertó sobre una tendencia a la “deslaboralización” del trabajo. En ese sentido, sostuvo que la generación de empleo no depende del derecho laboral, sino de políticas económicas, impositivas y previsionales.
En relación con el régimen previsional, explicó que el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) se financiaría con aportes que actualmente se destinan a la seguridad social. “Pan para hoy, hambre para mañana”, resumió, al advertir sobre el impacto negativo a largo plazo. Detalló que esos fondos irían a cuentas bancarias administradas bajo regulación de la Comisión Nacional de Valores, lo que también despertó interrogantes sobre su manejo.
Finalmente, Brarda fue contundente al evaluar el proyecto en su conjunto. “Yo no encontré un artículo a favor. Leí toda la ley… Ni uno solo a favor”, afirmó, y sostuvo que si bien es necesario actualizar la legislación laboral, las reformas restrictivas no han generado empleo en ningún país del mundo. “Desgraciadamente implica una regresión”, concluyó.






