La medida había sido anunciada a fines de mayo por el ministro de Economía, Martín Guzmán, junto al presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.
De esta forma, el mínimo no imponible subirá de $ 225.937 a $ 280.792 pesos y será aplicado «para las remuneraciones o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de junio de 2022 «, subrayó el decreto en uno de sus artículos, por lo que, tal como anticiparon las autoridades al anunciar la modificación, se exceptuará del tributo también a los aguinaldos.
Para las personas que excedan dicha cifra pero no lleguen a una remuneración mayor de $ 324.182, la resolución dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sea la «encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente» conforme lo estipula la ley del impuesto.
En los considerandos se destacó que resultaba «necesario anticipar parcialmente, y hasta su completa aplicación, la actualización anual» de los mínimos no imponibles de Ganancias, con el objetivo de «evitar que la carga tributaria neutralice los beneficios vigentes y en consonancia con «la correspondiente política salarial».
Tras una reforma efectuada aprobada por el Congreso a principios de 2021, se determinó que la actualización anual del piso para quedar exento del impuesto se ajustará por el Ripte, el promedio de variación salarial que elabora la Secretaria de Seguridad Social.
Según indicaron Fernández y Guzmán al presentar el proyecto, desde la actualización de los mínimos no imponibles realizados en 2021 se redujo en «aproximadamente 1.200.000 la cantidad de trabajadores que tributan este impuesto».