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El derecho a la salud y la discapacidad frente a las obras sociales y prepagas

El derecho a la salud constituye un pilar fundamental dentro de nuestro orden jurídico.

20/08/2025
El derecho a la salud y la discapacidad frente a las obras sociales y prepagas
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El derecho a la salud constituye un pilar fundamental dentro de nuestro orden jurídico. Se trata de un derecho irrenunciable, protegido por la Constitución Nacional, los tratados internacionales con jerarquía constitucional y diversas leyes nacionales que garantizan su ejercicio.

Sin embargo, en la práctica, muchas personas se enfrentan a obstáculos cuando las obras sociales o empresas de medicina prepaga niegan medicamentos, tratamientos, estudios o prestaciones vinculadas a la discapacidad. Estas negativas no sólo generan una vulneración de derechos, sino que afectan directamente la calidad de vida de los pacientes y sus familias.

En materia de discapacidad, la Ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral, garantizando que toda persona con certificado de discapacidad acceda a los servicios que necesite: desde terapias y acompañamiento hasta equipamiento y medicamentos, sin costo adicional.

Ante la negativa o demora injustificada por parte de las entidades de salud, la herramienta jurídica más efectiva es la acción de amparo. Se trata de un proceso ágil y eficaz que permite obtener una respuesta judicial rápida, asegurando el cumplimiento inmediato de la cobertura.

En este contexto, es fundamental que los ciudadanos conozcan sus derechos y sepan que no están solos en la defensa de su salud. El acompañamiento profesional resulta clave para hacerlos valer frente a incumplimientos que, lamentablemente, son cada vez más frecuentes.

Dra. María Eugenia Baruchelli – Estudio Jurídico Marisol Escandell

Bv. Yrigoyen 394, Rafaela, Santa Fe

WhatsApp: 3492 270321

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