La Municipalidad de Rafaela oficializó este 21 de abril, a través del decreto N° 57.330 publicado en el Boletín Oficial, el reglamento de uso del Centro Recreativo Metropolitano, un espacio cultural inaugurado en febrero de 2023 y destinado a múltiples actividades artísticas, formativas y recreativas.
El decreto establece una serie de condiciones legales, operativas y económicas para el uso del predio ubicado sobre calle Roque Sáenz Peña, bajo la administración de la Secretaría de Educación y Cultura. El objetivo es garantizar un uso responsable del espacio, promoviendo al mismo tiempo el acceso a colectivos artísticos locales, organizaciones sin fines de lucro y el desarrollo de propuestas privadas.
Orden de prioridades y tarifas
Según la nueva normativa, la asignación del espacio seguirá un orden de prioridad:
- Actividades organizadas por la Secretaría de Educación y Cultura.
- Actividades organizadas por otras áreas de la Municipalidad.
- Actividades impulsadas por entes públicos, ONG o artistas locales.
- Actividades privadas o particulares, ya sea para uso personal o con fines comerciales.
Además, se estableció la posibilidad de cobrar un canon por el alquiler o porcentaje de entradas vendidas, dependiendo del tipo de actividad y del organizador. El monto podrá oscilar entre 2.500 y 6.000 unidades de cuenta municipal. El valor mínimo corresponderá a eventos promovidos por entes públicos o artistas locales, mientras que el máximo será aplicable a organizaciones privadas o particulares.
En los casos en que se habilite la venta de entradas, el decreto estipula que el 20% de lo recaudado, descontados los impuestos correspondientes, deberá aportarse al municipio. Para organizadores provenientes de otras localidades, este aporte se eleva al 30%. La Municipalidad, además, se reserva la facultad de fiscalizar la comercialización de entradas.
Reglamento y responsabilidades
La utilización del espacio requiere completar un formulario de solicitud y cumplir con el reglamento general. Entre otras obligaciones, los organizadores deberán:
- Abonar el canon correspondiente o porcentaje de taquilla dentro de las 48 horas posteriores al evento.
- Hacerse cargo de los pagos a entidades como Argentores o AADICAPIF, si correspondiera.
- Garantizar el cuidado de las instalaciones, cumpliendo con las normas de seguridad y mantenimiento.
También se faculta a la Secretaría de Educación y Cultura a establecer condiciones particulares, ajustar montos de alquiler o incluso ceder el espacio de manera gratuita cuando las características del evento o su valor social así lo justifiquen.
Un espacio para la diversidad cultural
Desde su inauguración, el Centro Recreativo Metropolitano viene funcionando como un punto de encuentro para diversas expresiones culturales de la ciudad. Según se detalla en los considerandos del decreto, el espacio fue concebido como un lugar de articulación entre la Municipalidad, organizaciones culturales, colectivos artísticos y emprendimientos privados, con una agenda diversa y en permanente evolución.
El nuevo marco regulatorio busca dar previsibilidad y transparencia al uso del espacio, promoviendo tanto la inclusión de nuevas formas de expresión artística como la colaboración entre el sector público y privado.
El decreto lleva la firma del intendente Leonardo Viotti, la secretaria de Educación y Cultura, Norma Becchio, y la secretaria de Hacienda y Finanzas, Silvina Bravino.