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Home INTERÉS GENERAL

Amparos de salud y CUD en Rafaela: qué hacer ante la negativa de obras sociales y prepagas

En Rafaela Noticias, la abogada Andrea Steinberger explicó los pasos para exigir cobertura a prepagas y obras sociales, tramitar el CUD y recurrir a amparos judiciales ante demoras o rechazos injustificados.

17/10/2026
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La abogada Andrea Steinberger visitó los estudios de Rafaela Noticias para responder consultas de la comunidad sobre el acceso a prestaciones médicas, trámites de discapacidad y los reclamos legales frente a obras sociales y empresas de medicina prepaga.

Frente a las dilaciones burocráticas en la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), la letrada remarcó la importancia de exigir constancias formales para evitar demoras indefinidas en los plazos de respuesta.

Exigencias por escrito y vía administrativa ante el CUD

«Hay que darle formalidad a esta gestión. Primero tenés que solicitar que te hagan el pedido por escrito de toda la documentación que requerís, no de forma verbal», advirtió Steinberger.

Al respecto, explicó el valor procesal de este respaldo: «Uno tiene que unirse de toda la documental necesaria en el caso de una negativa, porque si la junta médica no le confiere el Certificado Único de Discapacidad y ustedes consideran y los médicos tratantes consideran que sí es pasible de ese beneficio, después tenés algunas herramientas administrativas previas o judiciales después».

Cobertura obligatoria y preexistencias en prepagas

En relación a quienes buscan incorporarse a una empresa de medicina prepaga con diagnósticos previos como diabetes, aclaró: «Siempre tiene que brindarte prestaciones, ya sea que estés ya como afiliada en la prepaga o que la selecciones para incluirte en ella como beneficiaria».

Para quienes ya forman parte del padrón, enfatizó que la prestadora «no puede negarte la cobertura de ninguna manera y al 100% de toda la medicación y todo el tratamiento que vos requieras, y más aún si tenés el Certificado Único de Discapacidad».

Al momento de iniciar la afiliación, puntualizó que no se debe omitir el diagnóstico en la declaración jurada: «Contás que efectivamente tenés diabetes y ellos están obligados a tomarte y darte las prestaciones. Eso sí, pueden cobrarte un diferencial por tener una preexistencia, pero no es arbitraria; el monto debe estar avalado por Superintendencia de Salud».

Ante una eventual negativa de ingreso o de cobertura, la abogada subrayó: «Tenemos como siempre la medida judicial, que es el amparo de salud, pero no pueden negarte el ingreso de ninguna manera».

Evaluación médica y funcional en patologías poco frecuentes

Consultada sobre las enfermedades poco frecuentes, diferenció el diagnóstico clínico del encuadre legal de discapacidad: «No todas las enfermedades poco frecuentes generan una discapacidad. Con un tratamiento quizás vos puedas tener una vida normal«.

«El Certificado Único de Discapacidad justamente es para resguardarte ante una discapacidad que se exteriorice, que se note y que limite tu vida cotidiana. ¿Tu enfermedad poco frecuente te limita o no en tu vida normal y habitual? Ese es el interrogante central», remarcó Steinberger, señalando que el trámite debe gestionarse ante la secretaría correspondiente para la evaluación de la junta médica.

Internación geriátrica y cuidadores domiciliarios

Sobre la cobertura para residencias o acompañamiento ante patologías degenerativas, afirmó: «Para que puedan tener cobertura de cuidadores domiciliarios y de internación geriátrica es necesario gestionar el Certificado Único de Discapacidad».

«Tiene que ser muy claro el pedido y debe ser coincidente con el certificado de discapacidad. El certificado de discapacidad no solo relata el tipo de enfermedad, sino cuáles son nuestras necesidades, como por ejemplo rehabilitación, cuidadores domiciliarios, traslados, internación geriátrica o medicación especial», detalló.


Asimismo, especificó que el profesional tratante «debe aclarar por qué razón es necesaria la internación geriátrica, sobre todo porque la persona tiene dificultad para realizar las actividades de la vida diaria, o sea que tiene una dependencia de terceras personas para lo mínimo indispensable».

En casos familiares donde ambos cónyuges requieren asistencia médica, explicó: «No importa que sean esposos, hay que gestionar dos trámites distintos. Primero agotar la vía administrativa; si no obtenemos el resultado que pretendemos, la vía que nos queda es la judicial a través del amparo de salud con una medida cautelar».

Ubicación y vías de contacto

El Estudio Jurídico Steinberger – Acesano – Santillán, integrado por Andrea Steinberger, Agostina Acesano y Micaela Santillán, atiende en calle Alberdi 1155, en el barrio 9 de Julio de Rafaela, con consultas a través de WhatsApp al número 3492 671991.

 

Fuente: Rafaela Noticias

Etiquetas: Amparos de saludAndrea Steimberger
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