Y la respuesta no es igual para todos.
Uno de los primeros datos que debemos analizar es la cantidad de horas cátedra desempeñadas, porque alcanzar o no las 30 horas cátedra dentro de los últimos diez años de servicios puede determinar el régimen jubilatorio aplicable.
Esta aclaración es especialmente importante porque no se trata simplemente de llegar a las 30 horas al final de la carrera. Es decir, una profesora que está próxima a jubilarse no necesariamente solucionará su situación tomando ahora algunas horas adicionales. La historia laboral de los últimos diez años es determinante, por lo que la planificación previsional debe realizarse con anticipación.
Cuando se alcanzan las 30 horas cátedra
Cuando se reúnen las condiciones para acceder al denominado régimen docente puro, la jubilación puede obtenerse a los 57 años de edad.
Con 30 años de servicios corresponde un haber inicial equivalente al 76%, mientras que con 33 años de servicios se alcanza el 82%.
Además, en estos casos existe la posibilidad de utilizar la denominada compra de cómputo, que puede permitir reducir la edad jubilatoria. Dependiendo de la situación particular, los 57 años pueden disminuir hasta llegar a los 54 años.
El cómputo también puede utilizarse para alcanzar los servicios necesarios para acceder al 82%.
¿Qué ocurre cuando se tienen menos de 30 horas cátedra?
La situación cambia.
Cuando no se reúnen las condiciones exigidas respecto de las 30 horas cátedra, la edad jubilatoria pasa a ser de 60 años.
En este supuesto, con 30 años de servicios se accede al 76% y con 33 años al 82%.
Pero existe una diferencia muy importante respecto del régimen anterior: en estos casos no es posible utilizar la compra de cómputo para disminuir la edad jubilatoria. Por lo tanto, los 60 años constituyen la edad a alcanzar para acceder al beneficio.
Directivos y tareas pasivas
También existen situaciones particulares que requieren un análisis diferente.
Quienes se encuentran desempeñando cargos directivos pueden acceder al régimen docente puro a los 57 años, independientemente de la cantidad de horas cátedra.
En el caso de docentes que actualmente se encuentran en tareas pasivas, deberá analizarse su historia laboral anterior. Los años efectivamente trabajados frente a grado pueden permitir utilizar cómputo, siempre que se reúnan las condiciones correspondientes. De lo contrario, la edad jubilatoria será de 60 años.
La jubilación docente se planifica
La principal recomendación para profesoras y profesores es no esperar hasta el último año de actividad para revisar su situación previsional.
La cantidad de horas trabajadas, los cargos desempeñados, los años frente a grado, las tareas pasivas y los servicios acumulados pueden modificar sustancialmente tanto la edad de acceso a la jubilación como el porcentaje del haber.
Por eso, conocer con anticipación cómo está conformada la carrera docente permite tomar decisiones antes de que sea demasiado tarde para modificarlas.
En el Día del Profesor, además del merecido reconocimiento a quienes ejercen esta tarea, vale también recordar algo fundamental: la jubilación docente no empieza a pensarse el día en que dejamos de trabajar. Se construye durante los años anteriores.
Fuente: Rafaela Noticias






