La abogada María Agostina Elena Astesano brindó precisiones en el programa televisivo Bien Despiertos sobre las consecuencias legales que enfrentan los padres y madres que no cumplen con el pago de la cuota alimentaria.
En relación con las faltas más frecuentes, explicó: “Vamos a tocar el tema del incumplimiento de esos progenitores que no cumplen con las cuotas que están pactadas, puede ser en un acuerdo privado, ya sea homologado, ya sea a través de una mediación o bien resoluciones judiciales, donde hoy en día cuando un padre no cumple por tres cuotas consecutivas o bien cinco alternadas o pagan fuera de término, los jueces, se le puede solicitar al juez que sea inscripto en el registro de deudores alimentarios y trae aparejadas consecuencias, como por ejemplo que no puedan acceder a créditos, no puedan utilizar tarjetas de crédito, no puedan solicitar cuentas bancarias, no pueden renovar la licencia de conducir”.
Asimismo, señaló que en la actualidad se están aplicando restricciones adicionales a quienes forman parte de ese registro. “Hoy en día los jueces toman diferentes medidas a estos progenitores que incumplen con la cuota de alimentos y tienen la prohibición de ingresar, por ejemplo, a estadios, que se dio un caso muy reciente este domingo pasado en el partido de Boca (…) también a recitales, recientemente, en el estadio de Vélez, después en el partido de los Pumas, también en el Kempes (…) en el Monumental también se dio a través de estas inspecciones que detectaron a padres incumplidores, entonces le prohibieron el ingreso”.
Consultada sobre los plazos que deben transcurrir hasta que se concrete la inscripción en el registro, detalló: “Y en realidad lleva un tiempo, como todo proceso judicial, pero como siempre uno tiene que tratar de guardar toda esa documentación para poder acreditar este incumplimiento efectivo y poder solicitar al juez con estas pruebas que el incumplimiento se dio de manera efectiva, que son o tres cuotas consecutivas o cinco alternadas”.
La abogada también se refirió a qué debe comprender la cuota alimentaria. “Es todo lo necesario para que los menores y los adolescentes se desarrollen y en su crecimiento, la alimentación, la vestimenta, la educación, el esparcimiento, la salud, pero hoy en día, más allá de que el juez tiene en cuenta al momento de evaluar lo que es el porcentaje de la cuota, también se tiene en cuenta el valor económico de las tareas de cuidado que ese progenitor, ya sea madre o padre, tiene al cuidado ese menor, se tiene en cuenta, se valoriza”. En este sentido, recordó un fallo reciente en Neuquén: “Levantarlos, darles el desayuno, cocinarles, darles de comer, llevarlos a la escuela, las actividades, ver qué tareas tienen para sentarse y ayudarlos a hacerlo, sacar turnos médicos, son todas estas tareas cotidianas que uno como padre o madre cumple, pero hoy en día también el juez lo valora”.
Finalmente, Astesano habló sobre el escenario en el que uno de los progenitores se declara insolvente. “Si se da este supuesto de que el padre no cumple o es insolvente, también hay un fallo reciente que es el de San Lorenzo, acá en nuestra provincia, donde el juez resolvió que un tío paterno está obligado a cumplir la cuota de alimentos que el progenitor, que el padre, no cumple. Entonces, bueno, se tiene en cuenta hoy en día este principio de solidaridad familiar. El juez interpreta que está el interés del niño, las necesidades básicas, la vulnerabilidad de estos menores. Entonces, bueno, se extiende esta obligación si el padre o madre que tiene que cumplir con la cuota no cumple, se extiende esta obligación a los familiares directos”.