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Robo de cables en Rafaela: para los concejales del oficialismo, existen “organizaciones criminales” y ahora proponen un registro de acopiadores

El proyecto pide la adhesión del municipio a la Ley que establece el Registro Provincial de Acopiadores y Comercializadores de Metales No Ferrosos. Incluyen a los que realicen operaciones de compraventa de autopartes usadas.

28/03/2024
Robo de cables en Rafaela: para los concejales del oficialismo, existen “organizaciones criminales” y ahora proponen un registro de acopiadores
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El robo de cables y diversos metales es una de las “modas delictivas” que más golpearon a Rafaela en el último tiempo y, si bien hoy esa modalidad es “casi nula” en palabras del Secretario de Seguridad y Prevención Juan Martínez Saliba, para el Concejo Municipal de Rafaela el tema llega ahora a su agenda.

Es que, un proyecto ingresado por el bloque de concejales oficialista propone la adhesión de Rafaela a la Ley Provincial Nº 14191, que establece el Registro Provincial de Acopiadores y Comercializadores de Metales No Ferrosos.

De aprobarse, la normativa alcanza a todas las chatarrerías y establecimientos industriales que se dediquen a la comercialización e industrialización habitual o esporádica de metales no ferrosos tales como bronce, cobre, aluminio, etc.; así como también, a quienes se dediquen a la compraventa de autopartes usadas.

En la justificación para la presentación en el recinto de este proyecto, el bloque de concejales oficialistas asegura que es necesario el control “más estricto” en el origen, trazabilidad y seguimiento de los bienes que conforman el inventario de los comercios del rubro y que, por su aplicación, evitará el “tráfico” de piezas ilegítimamente obtenidas.

Para los ediles, el robo de metales y su cadena comercial son para “nutrir cadenas delictivas” de “organizaciones criminales que se mueven en torno a la comercialización del bronce y otros metales”

Ahora, quienes se dediquen a la comercialización de estos materiales, deberán llevar, bajo pena de clausura, un inventario con nombre, apellido y DNI del vendedor o proveedor de los materiales, así como también una declaración jurada firmada por éste donde manifieste que los bienes a la venta son de su propiedad y fueron adquiridos en forma legal. También, deberá tener una individualización de la pieza adquirida y registro fotográfico, que deberá guardarse por un plazo de 5 años.

La Autoridad de Aplicación de la Ordenanza si es que se aprueba, será la Secretaría de Gobierno y Modernización, quien tendrá las facultades de contralor del inventario de los comercios, efectuando el visado de los mismos de manera semestral.

 

Fuente RN

Anteriot

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