Desde este mes aplica la suba del mínimo no imponible de Ganancias al salario: tributarán quienes tengan un ingreso bruto superior a $1.980.000. Se prevé que el impuesto recaiga, únicamente, sobre los mayores ingresos derivados del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia y en las jubilaciones y pensiones de privilegio. La ley que aprobó el Congreso grava a partir de ingresos equivalentes a 15 salarios mínimos, vitales y móviles mensuales.
La última resolución del Consejo Nacional del Empleo, la Producción y el Salario Mínimo, Vital y Móvil se fijó en $132.000 para octubre. Quienes perciban a partir de 15 veces ese importe serán alcanzados por alícuotas y escalas que fueron establecidas por la resolución general Afip 5417 (9 al 35%) para este año, en tanto que aplicarán desde 2024 las alícuotas de la ley 27.725 (27 al 35%).