A fin de no recibir sanciones, quienes no hayan ido a votar el pasado domingo deberán justificar su inasistencia en un plazo de 60 días. El trámite puede efectuarse de manera online, siguiendo este enlace, o frente a la Secretaria Electoral de la Provincia.
De acuerdo con lo informado por el Tribunal Electoral santafesino, estaban exceptuados de participar en los comicios los jueces y auxiliares que debían permanecer en sus oficinas durante el desarrollo de las elecciones, quienes se encontraban a más de 500 km de su lugar de votación, personas enfermas o aisladas y personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no pudieron asistir.
Según el caso, para tramitar la exención es necesario presentar una constancia en la que se verifique el desempeño de funciones laborales durante la jornada electoral, un certificado extendido por la autoridad policial que compruebe que la persona se encontraba a más de 500 km el día de los comicios o un certificado emitido por médicos oficiales, provinciales o municipales.
Por otro lado, quienes no hayan asistido a votar y no puedan justificarlo, deberán abonar una multa de 50 pesos o quedar registrados como infractores, que implica no poder realizar trámites durante un año ni obtener el pasaporte, junto con la imposibilidad de ser designado funcionario público durante tres años. La situación individual de cada ciudadano puede consultarse en el sitio infractores.padron.gob.ar.